La segunda prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la abogacía de 2016 tendrá lugar el próximo 29 de octubre, a partir de las 9:30 horas, en Palma, Barcelona, Valencia, Bilbao, Sevilla y Madrid, según el Ministerio de Justicia, que ha publicado, además, la lista de aspirantes.

Esta prueba escrita de carácter objetivo y contenido teórico práctico, convocada por Orden PRE/1235/2016, de 21 de julio, trata de medir los conocimientos de las y los participantes acerca del ejercicio de la profesión y de las normas deontológicas y profesionales, de acuerdo con el nuevo sistema de acceso a la abogacía que establece la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 775/2011, de 3 de junio.

De cuatro horas de duración, el examen constará de 75 preguntas, con cuatro alternativas de respuesta cada una de las que sólo una es la correcta. Del total, 50 corresponderán a cuestiones sobre deontología profesional, organización y ejercicio de la profesión, asistencia letrada y del proceso; las 25 restantes se referirán a una especialidad jurídica a elegir entre las cuatro que figuran en la sección de materias específicas: civil y mercantil, penal, administrativo y contencioso-administrativo así como laboral. Además, la prueba tendrá preguntas de reserva por si la comisión evaluadora anula alguna de las titulares.

En cuanto a la evaluación, cada pregunta tendrá un valor de 1 punto. Se descontará 0,33 puntos por cada respuesta incorrecta y no penalizarán las no contestadas. La calificación final resultará de la media ponderada entre el 70% del examen y el 30% de la formación especializada (Máster en Abogacía). Para aprobar habrá que conseguir un 5 de un total de 10 puntos. La nota final de cada alumna/o será únicamente de apto o no apto.

Para preparar la prueba, recomendamos leer con atención las bases y consultar el examen anterior. ¡Recordad! No está permitido el uso de textos legales, manuales jurídicos ni otros documentos de apoyo.